¿Cómo acreditar gastos efectuados en formato digital?

En esta era electrónica muchos se preguntarán cómo acreditar gastos efectuados en formato digital ante el Servicio de Impuestos Internos. A raíz de esta duda, una empresa realizó una consulta sobre la documentación asociada a la adquisición a un proveedor situado en el extranjero de una licencia de software estándar para ser utilizado en Chile. La pregunta era ¿Es suficiente la factura que otorga el prestador extranjero y el comprobante de transferencia bancaria para acreditar la operación y el gasto asociado ante una eventual fiscalización?

La respuesta, expuesta por el SII, concluye que el pago por el software se encuentra exento de impuesto adicional pero afecto a IVA. Ahora bien, en caso que la beneficiaria del servicio sea contribuyente de IVA, deberá informar dicha calidad al prestador extranjero para que éste no retenga ni pague directamente el impuesto, en ese caso, la beneficiaria del servicio deberá emitir una factura de compra por la operación, recargando el IVA correspondiente y enterándolo en arcas fiscales. La acreditación del gasto se podrá efectuar con todos los medios de prueba que establece la ley.

El Servicio de Impuestos Internos admite la posibilidad de respaldar las compras con imágenes digitales de los comprobantes de gasto, siempre y cuando mantenga la correspondencia con los gastos pagados o adeudados.