¿Cómo acreditar los gastos de servicios o productos a empresas extranjeras?

Los gastos efectuados en el extranjero se deben acreditar con los correspondientes documentos emitidos en el exterior. Esta documentación debe incluir la individualización y domicilio del prestador del servicio o del vendedor de los bienes adquiridos según corresponda, la naturaleza u objeto de la operación y la fecha y monto de la misma.

El contribuyente deberá presentar una traducción al español de los documentos si es que lo solicite el Servicio de Impuestos Internos. Aun en el caso que no exista el respectivo documento de respaldo, la Dirección Regional podrá aceptar la deducción del gasto si a su juicio éste es razonable y necesario para la operación del contribuyente. Es importante tener presente que si los bienes pasan a formar parte del activo de la empresa (ya sea fijo o realizable) no corresponde su deducción como gasto.

Cuando la empresa que hace la venta no tiene documentación tributaria, hay que emitir una factura de compra como respaldo legal de la compra, este procedimiento es fundamental para garantizar el cumplimiento fiscal, el control de gastos y la transparencia contable de la empresa.